22.10.2026 · Edición digitalSantiago de Chile

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Elecciones Presidenciales: Marco Enríquez Ominami queda fuera de la carrera | Periodismo Chileno

Tras la incertidumbre planteada, se dio a conocer que Marco Enríquez Ominami queda excluido de las Elecciones Presidenciales por el Caso OAS, a pesar de que el pasado 25 de agosto fue absuelto.

Tras la incertidumbre planteada, se dio a conocer que Marco Enríquez Ominami queda excluido de las Elecciones Presidenciales por el Caso OAS, a pesar de que el pasado 25 de agosto fue absuelto.

Es por eso que ME-O confirma que apelará, ya que "es una violencia, es injusto, es un absurdo". El comunicado oficial se realizó en un punto de prensa que realizó luego que se conociera la resolución del Tribunal Electoral.

Durante su comunicado, Marco Enríquez Ominami manifestó: "Hace dos semanas un tribunal, por unanimidad, reconoció por lo que luché siete años: mi total y absoluta inocencia". "Hoy, un tribunal electoral, va a buscar procesos burocráticos del 2020, de junio, e impugna una candidatura progresista y de cambio, democrática", agregó.

Asimismo, sostuvo que "es una violencia, es injusto, es un absurdo". "Anuncio que apelaré, falta aún en tribunal superior", añadió el exdiputado.

De esta manera, Marco Enríquez Ominami aseguró que "es completamente loco que a una persona inocente, que acaba de ganar un juicio, se le diga que por una acusación de hace siete años, ahora recién un tribunal decida impugnar una candidatura".

Sobre el Caso OAS, manifestó que fue "inventado". "No soy yo el problema, el problema es la democracia, el estado de derecho", indicó.

Según el fallo publicado por las autoridades del Tribunal de Electoral, al momento de la inscripción "no se informó al Servicio Electoral la existencia" de la suspensión del derecho a sufragio que en ese momento pesaba contra Marco Enríquez Ominami, por lo que "no estaba en situación de excluir del Padrón Electoral al señor Enríquez Ominami".

Es por esto que, el Servel "deberá excluir del Padrón Electoral Auditado a don Marco Antonio Enríquez Ominami Gumucio", dice el documento, por encontrarse en la situación descrita en el numeral 2 del artículo 16 de la Constitución Política de la República, ya que la sentencia absolutoria aún no está "firme o ejecutoriada".